Villa encuadrada en la categoría de “pueblos solos” del partido de Aranda de Duero, jurisdicción de de señorío ejercida por el Marqués de Velamazán que nombraba su Alcalde Ordinario.
A la caída del Antiguo Régimen queda constituido como ayuntamiento constitucional del mismo nombre, en el partido de Aranda perteneciente a la región de Castilla la Vieja y contaba con 120 habitantes.